#Nicaragua 🇳🇮 #AlertaLaboralBDS: Feriados nacionales en Semana Santa
De conformidad con lo que indica el artículo 66 del Código del Trabajo de Nicaragua (Ley Nº. 185), el Jueves y Viernes Santos son feriados nacionales obligatorios, con derecho a descanso y salario; en consecuencia, los trabajos realizados en estos días deben ser remunerados como horas extras. Cabe señalar que como los feriados nacionales obligatorios otorgan un derecho al descanso, no pueden descontarse estos días a cuenta de vacaciones.