#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Dirección del Trabajo: pago reiterado de horas de trabajo sindical aceptado por el sindicato es un acuerdo que no puede suprimirse unilateralmente
Con fecha 30 de septiembre de 2026, mediante Ordinario N° 479, la Dirección del Trabajo se pronunció sobre la procedencia de que el empleador suprima unilateralmente el pago de las horas de trabajo sindical de los directores sindicales, beneficio que había otorgado en forma reiterada en el tiempo. La consulta se originó luego de que el empleador comunicara que, a contar del año 2026, dichas horas pasarían a ser de cargo exclusivo del sindicato,...
