El objetivo del decreto es facilitar la regularización de obligaciones pendientes mediante un paquete de amnistías que elimina, de forma temporal, multas, recargos e intereses. La norma busca mitigar el impacto económico en la población, promover la justicia fiscal, garantizar el acceso equitativo a servicios básicos y fortalecer el cumplimiento voluntario.
En primer lugar, se establece una amnistía municipal con vigencia de tres meses. Esta permite cancelar deudas acumuladas al 31 de diciembre de 2025 sin multas, recargos ni intereses, aplicable a tributos, tasas y contribuciones municipales. El beneficio cubre a personas naturales y jurídicas, incluso si ya tenían planes de pago vigentes, y faculta a las municipalidades para ofrecer planes que se extiendan más allá del plazo de vigencia.
El decreto también contempla una amnistía energética para obligaciones pendientes con la ENEE. Durante tres meses, los usuarios podrán pagar deudas acumuladas al 31 de diciembre de 2025 sin recargos, multas ni intereses. Además, se permite la suscripción de convenios de pago, según las condiciones que establezca la institución.
En materia vehicular, se otorga una amnistía por tres meses para deudas relacionadas con la matrícula y otras tasas vinculadas a vehículos automotores, motocicletas o similares. Los contribuyentes podrán cancelar obligaciones del período fiscal 2025 o años anteriores sin multas ni sanciones, incluyendo planes de pago acordados durante la vigencia.
Adicionalmente, se autoriza de forma excepcional la importación, nacionalización y registro de vehículos sin importar su origen o año de fabricación, por un plazo de tres años. Para vehículos 2010 o anteriores, se establece un pago único de L. 10,000.00 que incluye la matrícula 2026, mientras que para vehículos posteriores se aplicará el régimen impositivo ordinario.
Por otra parte, el decreto incluye una amnistía para obligaciones pendientes con HONDUTEL, vigente por tres meses. Esta permite pagar deudas sin multas, recargos ni intereses, y autoriza convenios de pago incluso si el pago se realiza fuera del período de vigencia. Para instituciones públicas, se contemplan mecanismos de compensación conforme a la normativa aplicable.
También se incorpora una amnistía para deudas por agua potable y saneamiento con cualquier proveedor, incluyendo servicios estatales, municipales, comunitarios o concesionados. Esta tiene una vigencia de tres meses y condona multas, recargos, intereses moratorios y cargos por reconexión, respecto de deudas acumuladas al 31 de diciembre de 2025.
En el ámbito tributario, se establece una amnistía general con vigencia de cuatro meses. Esta permite regularizar obligaciones materiales o formales incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2025 sin sanciones pecuniarias, incluidos multas, recargos e intereses. Entre los tributos comprendidos se incluyen el ISR, ISV, Aportación Solidaria, Impuesto al Activo Neto y retenciones.
El decreto también contempla una amnistía migratoria con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta incluye medidas para personas migrantes en condición de vulnerabilidad, así como exoneración de multas migratorias para personas nacionales o extranjeras fuera de flujos mixtos. El Instituto Nacional de Migración debe dejar sin efecto las sanciones administrativas correspondientes.
Finalmente, el decreto incorpora una disposición sobre la deuda municipal con el Cuerpo de Bomberos, estableciendo una proyección de pagos para el año 2026. La norma advierte que, si no se cumplen estos pagos, los recargos podrían reactivarse a partir de enero de 2027.
Como obligación transversal, el decreto exige que las instituciones responsables de cada amnistía presenten al Congreso Nacional, dentro de los 60 días posteriores al vencimiento de cada medida, un informe sobre su impacto. Esto permitirá evaluar los resultados y determinar la conveniencia de futuras iniciativas similares.
Karla Andonie
Socia, BDS Asesores Honduras