La “Ley Quincena 25” fue aprobada por la Asamblea legislativa con 59 votos a favor el día 14 de enero de 2026, creando un beneficio económico especial denominado: "Quincena 25”, el cual consiste en un ingreso complementario equivalente al 50% del salario básico o nominal mensual, aplicable a aquellos trabajadores cuyo salario mensual sea igual o inferior a $1,500.00.
Este beneficio tiene las características siguientes:
- Es independiente del salario ordinario y de otras prestaciones laborales.
- No constituye base de cálculo para otras prestaciones.
- No está sujeto a descuentos, retenciones de renta, ISSS o AFP.
- Tiene carácter inembargable.
Para el sector privado, la ley establece un régimen especial y diferenciado, pues el pago tendrá carácter voluntario durante el año 2026, aunque las empresas que decidan otorgarlo podrán acceder a un incentivo fiscal: un crédito tributario acreditable de un 100% contra el impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2026. Para el caso del sector público, el Gobierno aseguró que será el primero en cumplir con la medida para todos sus funcionarios en 2026.
Según el decreto aprobado, el ingreso complementario equivaldrá al 50% del salario mensual de la persona trabajadora y se pagaría entre el 15 y el 25 de enero de cada año. Para que el trabajador tenga derecho al beneficio debe cumplir con los mismos requisitos del aguinaldo o compensación adicional en efectivo.
En este contexto, consideramos fundamental que las empresas:
a) Evalúen financieramente la conveniencia de otorgar el beneficio en 2026;
b) Coordinen con el área contable y fiscal la documentación correcta del pago, y,
c) Capaciten al área de RR. HH. y Planillas sobre el tratamiento laboral y tributario especial del beneficio.
En caso de dudas sobre la implementación de las disposiciones de esta nueva ley, podemos asesorarle. Contáctenos.
