• Decisión amplía cobertura hasta diciembre de 2020.
• Modificación alcanza a trabajadores y sus beneficiarios.
La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) acordó reformar, de manera excepcional y temporal, el artículo 58 del Reglamento de Seguro de Salud. La reforma amplía el tiempo de cobertura del seguro de salud a las personas que se les haya suspendido el contrato laboral al amparo de lo establecido en el Reglamento para el procedimiento de suspensión temporal de contratos de trabajo en casos relacionados con los incisos a) y b) del artículo 74 del Código de Trabajo.
Con esta reforma se amplía el beneficio de la cobertura hasta diciembre de 2020 a los trabajadores que cumplan las condiciones de suspensión de contrato en los meses de marzo, abril y mayo.
La CCSS inició un trabajo de coordinación interno y con el Ministerio de Trabajo para definir detalles de las personas trabajadoras que serán beneficiadas con este cambio.