25/02/2026 12:50:25 PM
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#Nicaragua 🇳🇮 #BDS_AlertaLaboral: Cambio de categorías migratorias de visa
Mediante la Disposición N° 002-2026, emitida por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, se establecen cambios en las categorías migratorias de visa para el ingreso a la República de Nicaragua, que entraron en vigencia desde el dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.
La referida disposición actualiza el listado de nacionalidades que:
-
- No requieren visa para ingresar al país (Libre Visado);
- Mantienen exención para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio;
- Requieren Visa Consultada, Categoría Migratoria “C”.
Se mantiene el régimen de libre visado para diversas nacionalidades, incluyendo países de Centroamérica como:
- Costa Rica
- El Salvador
- Guatemala
- Honduras
- Panamá
Asimismo, continúan bajo régimen de libre visado múltiples países de Europa, América y Asia, conforme al listado oficial contenido en la Disposición.
II. Países que Requieren Visa Consultada (Categoría “C”)
La Disposición incorpora o confirma que ciudadanos de diversas nacionalidades deberán gestionar Visa Consultada previa a su ingreso a Nicaragua. Entre los países que requieren Visa Consultada – Categoría “C” se encuentran:
- Afganistán
- Bangladesh
- China (para portadores de pasaportes ordinarios)
- Cuba
- Haití
- India (para portadores de pasaportes ordinarios)
- Irán
- Nigeria
- Pakistán
- Siria
- Venezuela (para portadores de pasaportes ordinarios)
- Vietnam (para portadores de pasaportes ordinarios)
- Yemen
- Entre otros
Asimismo, se establecen criterios específicos de reciprocidad en el caso de Colombia, respecto de determinados territorios.
Impacto laboral y empresarial
La actualización de categorías migratorias puede incidir directamente en:
- Procesos de contratación de personal extranjero.
- Traslado temporal de ejecutivos, técnicos o consultores.
- Ingreso de proveedores o representantes comerciales.
- Planificación de movilidad regional e internacional.
Las empresas deberán verificar la categoría migratoria aplicable a cada nacionalidad antes de programar ingreso al país, a fin de evitar retrasos operativos o impedimentos de entrada.
Recomendaciones
Ante esta nueva Disposición, recomendamos a los empleadores:
- Revisar la nacionalidad del personal extranjero previo a su contratación o desplazamiento.
- Confirmar si la nacionalidad requiere Visa Consultada antes de coordinar ingreso.
- Ajustar cronogramas considerando los tiempos administrativos migratorios.
La Disposición es de aplicación inmediata para autoridades migratorias y líneas de transporte. Puede descargarla haciendo clic aquí.

