El pasado jueves 23 de febrero, fue publicado en el Alcance N°. 28 a La Gaceta N°. 34 el Decreto Ejecutivo No. 43926-MGP-H-TUR denominado: “Reglamento a la Ley No. 9996 para la atracción de inversionistas, residentes rentistas y residentes pensionados”.
Dicho reglamento establece las condiciones de aplicación de la citada ley dirigida a personas extranjeras que pretendan permanecer en el país bajo las categorías indicadas.
Con la publicación de dicho reglamento, finalmente entrarán a regir las disposiciones contenidas en la ley, con el objetivo de atraer mayor inversión extranjera y estadías de larga estancia en el país de aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en las categorías mencionadas.
Uno de los cambios más significativos consiste en la disminución del monto mínimo de inversión en el país, ya sea en bienes inmuebles o muebles inscribibles, acciones, valores, proyectos productivos o de interés nacional, fondos de capital de riesgo o proyectos de infraestructura turística sostenible, siendo, a partir de ahora, de $150.000,00, a diferencia de los $200.000,00 que aplicaban antes del cambio en la normativa.
El reglamento integra, a su vez, incentivos fiscales en aspectos como la importación de menaje de casa o vehículos, impuestos de traspaso, entre otros.