Con este ajuste, el salario mínimo para los trabajadores de los sectores comercio, servicios, industria e ingenios se establece en $408.80 mensuales.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que a este monto se le aplicarán los descuentos legales correspondientes: un 3% para el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y un 7.5% para la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Como resultado, el ingreso líquido mensual que recibirán estos trabajadores será de aproximadamente $366.90.
En el caso del sector maquila textil y confección, el salario mínimo aumentará de $359.16 a $402.25, lo que representa una mejora significativa. Luego de aplicar los descuentos de ley, el monto neto a recibir por esta clase de trabajadores será de $361.02 mensuales.
Para los trabajadores dedicados a la recolección de caña de azúcar y beneficios de café, el salario mínimo pasará de $272.66 a $305.77. No obstante, tras restar las contribuciones al ISSS y AFP, el monto líquido será de $274.43.
Finalmente, los trabajadores agropecuarios y recolectores de café, que actualmente ganan $243.46, verán su salario incrementado a $272.67. Luego de los descuentos correspondientes, su sueldo líquido será de aproximadamente $244.69.
Puede consultar el texto del Decreto aquí.
Si tiene dudas respecto al manejo y aplicación de este incremento salarial, podemos asesorarle. Contáctenos.