De conformidad con información divulgada el 5 de marzo de 2026, la Comisión Nacional del Salario Mínimo, integrada por representantes del sector sindical, empresarial y autoridades del Ministerio del Trabajo (MITRAB), acordó aprobar un ajuste del salario mínimo para el año 2026.
El acuerdo establece un incremento general del cuatro por ciento (4%) para la mayoría de los sectores económicos, mientras que el sector de zona franca tendrá un ajuste del seis punto siete por ciento (6.7%), conforme a los acuerdos previamente establecidos en dicho régimen.
De acuerdo con la información publicada, los salarios mínimos mensuales quedan establecidos de la siguiente manera:
- Agropecuario: C$ 6,188.02
- Pesca: C$ 9,409.09
- Minas y Canteras: C$ 11,113.46
- Industria Manufacturera: C$ 8,320.38
- Industria sujeta a Régimen Especial: C$ 9,986.46
- Micro y Pequeña Industria Artesanal y Turística Nacional: C$ 6,519.00
- Electricidad, Gas y Agua; Comercio; Restaurantes y Hoteles; Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones: C$ 11,350.08
- Construcción; Establecimientos Financieros y Seguros: C$ 13,848.23
- Servicios Comunales, Personales y Sociales: C$ 8,674.94
- Gobierno Central y Municipal: C$ 7,716.70
El reajuste salarial entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2026 y se mantendrá vigente hasta el 28 de febrero de 2027.
En consecuencia, se recomienda a los empleadores verificar que las remuneraciones pagadas a los trabajadores se ajusten a los nuevos montos mínimos establecidos para cada sector económico, a fin de evitar contingencias laborales derivadas de incumplimientos en materia salarial.
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