Desde el año 2011, se estableció, en nuestro país, el derecho para los ejecutivos extranjeros de Sede de Empresas Multinacionales (SEM) de mantener su carné de residencia por un periodo de hasta seis (6) meses, una vez terminada la relación laboral, siempre que su empleador, es decir, la Sede de Empresa Multinacional, lo solicitara mediante un escrito al Servicio Nacional de Migración.
Si bien este derecho se mantiene, mediante la Resolución No. 4887, publicada el 27 de febrero de 2025 en Gaceta Oficial, se han establecido alguna reglas para hacer uso de ese derecho, a saber:
- Se mantiene el tiempo máximo de estadía en el territorio nacional de hasta 6 meses calendarios después de haber culminado la relación laboral con la SEM. En caso de que el carnet tenga una vigencia menor, se otorgará hasta la fecha de vencimiento.
- La solicitud se debe presentar a través del Apoderado Legal por medio de la plataforma Infosem V.2.
- Se establece un periodo de hasta cinco (5) días hábiles, contados a partir de la terminación de la relación laboral, para solicitar la estadía de seis (6) meses en el territorio nacional.
- No se aceptarán solicitudes de estadía si no se solicita en el tiempo establecido.
- El permiso de estadía tendrá un costo de $100.00 por persona y se deberá contar con un nuevo carné, el cual tendrá la vigencia concedida por la empresa.
- Una vez finalice el tiempo de estadía, el extranjero contará con cinco (5) días calendario para aplicar a otro trámite o salir del país.
Estos cambios empezaron a regir desde el 27 de febrero de 2025.
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