#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Se aproxima el feriado del Día del Trabajador: estas son las disposiciones legales para su disfrute
1:59

#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Se aproxima el feriado del Día del Trabajador: estas son las disposiciones legales para su disfrute

El próximo jueves 1° de mayo, se celebrará en nuestro país el Día del Trabajador, también conocido como el "Día Internacional de los Trabajadores". Este feriado, que en la actualidad suele ser visto como un día de descanso, se origina a partir de una jornada reivindicativa ocurrida en 1886 en la que los trabajadores demandaban mejoras en sus condiciones laborales.

En Costa Rica, este día es un feriado de pago obligatorio, según lo establece el artículo 148 del Código de Trabajo. En por ello que todos los trabajadores tienen derecho a su disfrute y no pueden ser obligados a trabajar ese día, salvo en los casos excepcionales establecidos en los artículos 150 y 151 del mismo código.

Disposiciones salariales 

Las empresas que cancelan el pago semanalmente (en actividad no comercial), deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. Si se trabaja ese día, el salario adicional deberá ser doble.

Por otro lado, las empresas que realizan pagos mensuales, quincenales o semanales en actividad comercial, ya reconocen el salario de todos los días del mes, incluidos los días feriados. Por tanto, si un trabajador labora este 1° de mayo, se le deberá adicionar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble de ley.

En el caso de que el trabajador realice horas extra en este día feriado, éstas se deberán pagar a tiempo y medio doble, es decir, pago triple.

Para este 2025, como ha ocurrido con otras efemérides, el feriado no se trasladará , sino que su disfrute deberá ser el propio jueves 1° de mayo.

El “Día del Trabajador” es una fecha que invita a reflexionar sobre las luchas históricas de los trabajadores para conquistar sus derechos laborales y nos recuerda la necesidad de involucrarnos en los esfuerzos por continuar mejorando las condiciones de la fuerza laboral de nuestro país.

En caso de dudas sobre el manejo de este y otros feriados, podemos asesorarle. Contáctenos.

Tengo una pregunta

Otros artículos

#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Se anula el traslado del disfrute del 25 de julio para este año

Mediante la Ley 10.438 se ha introducido una reforma al segundo párrafo del artículo 148 del Código...

#Honduras 🇭🇳 #BDS_AlertaLaboral: Disfrute de los feriados de Navidad y Año Nuevo se traslada, para el sector público

La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SEGOB),...

#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Gobierno propone exonerar del impuesto sobre la renta salarios de hasta $550

El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, anunció este martes que presentó ante la Asamblea...