#Nicaragua 🇳🇮 #BDS_AlertaLaboral: Feriados nacionales del 14 y 15 de septiembre de 2022

En el mes de septiembre, los nicaragüenses celebramos la semana de la patria con las siguientes conmemoraciones: el miércoles 14 de septiembre se celebra un año más de la heroica Batalla de San Jacinto; mientras que el jueves 15 de septiembre, junto al resto de países centroamericanos, la independencia de Centroamérica.
 
Nuestra legislación laboral vigente establece, en el artículo 66 del Código del Trabajo, que se conmemoran estas fechas en su carácter de feriados nacionales obligatorios, con derecho a descanso y salario; en consecuencia, si algún día feriado nacional coincide con el séptimo día, este deberá ser compensado, y al trabajador que labore durante un feriado nacional, se le remunerará este como día extraordinario de trabajo.
 
Los servicios extraordinarios en feriados nacionales y descansos obligatorios serán objeto de contrato especial entre las partes, con la obligatoriedad del trabajo extraordinario en los casos indicados en el artículo 69 del Código mencionado, a saber:
 
  1. Los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por la índole de las necesidades que satisfacen; los que lo exigen por motivos de carácter técnico, los de las farmacias de turno y establecimientos dedicados al recreo; y aquellos cuya discontinuidad causaría notables perjuicios al interés público, a la industria o al comercio;
  2. Las faenas destinadas a reparar deterioros ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, siempre que la reparación sea impostergable;
  3. Las obras que, por su naturaleza, no puedan ejecutarse, sino en tiempo u ocasiones determinadas, que dependan de la acción irregular de fenómenos naturales;
  4. Las labores, industrias o comercios que respondan a las necesidades cotidianas e indispensables de la alimentación.
Estos aspectos, anteriormente descritos, fueron recogidos en el comunicado del 26 de agosto de 2022, emitido por la Dra. Alba Luz Torres Briones, Ministra del Trabajo, en el que se hacen saber los feriados nacionales obligatorios con derecho a descanso y salario, tanto para el sector privado como público.
 
Adicionalmente, se indicó el asueto con goce de salario otorgado a los trabajadores del sector público, a partir de la finalización de la jornada ordinaria de trabajo del día 9 de septiembre del año 2022 y hasta el 18 de septiembre del año en curso, de conformidad con el artículo 66 del Código del Trabajo.

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