05/03/2020 05:34:31 PM
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#ElSalvador 🇸🇻 #Artículo: Implicaciones Laborales de la cuarentena preventiva por Coronavirus
La noticia que estas últimas semanas se encuentra en boca de todos es el brote mundial del coronavirus (2019-nCoV). Este virus puede causar enfermedades del tracto respiratorio inferior, como neumonía o bronquitis, y es muy contagioso. Ante este escenario, las autoridades han establecido un protocolo riguroso que implica, entre otras, medidas preventivas para las personas que viajan de países afectados con el brote antes mencionado.Las personas que presentan síntomas como fiebre, tos, dificultad para respirar o bajo sospecha de tener la enfermedad, y que provengan de los países afectados, son puestos en cuarentena como una medida preventiva. La Organización Mundial de la Salud ha establecido que el período de incubación del virus dura aproximadamente 14 días. Por esta razón es que la autoridad mantiene en observación a las personas sospechosas de tener el virus durante dicho lapso.
Desde la óptica laboral, hemos recibido consultas de patronos que desean conocer el procedimiento legal laboral ante la situación de tener un colaborador en cuarentena; y, por lo tanto, dicho trabajador no puede asistir a realizar sus labores.
Es importante manifestar que, nuestro Código de Trabajo contempla como causal de suspensión del contrato “la enfermedad manifiesta o inminente del trabajador, que ponga o pueda poner en peligro la salud de los demás trabajadores, del patrono, de los familiares de éste o de sus representantes” (Art. 37 del Código de Trabajo) por lo que podemos afirmar que en dicho escenario se suspende la prestación del servicio y el pago de los salarios por parte del patrono.
Ahora bien, relevante se vuelve destacar que nuestro Código nos obliga a llevar a cabo un procedimiento para tener por suspendido un contrato individual de trabajo, ese proceso se encuentra detallado en los artículos 440 y siguientes del mismo cuerpo legal, situación que, para el caso del Coronavirus, y sus medidas de prevención, podría resultar muy complejo y tardado.
En caso de que un trabajador sea puesto en cuarentena, tenemos las opciones siguientes:
- Una suspensión del contrato con goce de salario. Es una opción viable para el patrono, pues, queda a su discreción el poder realizarlo.
- Utilizar figuras como el teletrabajo, si bien no esta regulada en nuestro país, pero, no esta prohibida. Las herramientas tecnológicas actuales nos brindan la posibilidad de hacer uso de ellas, sin necesidad que el trabajador se traslade a la empresa.
- Iniciar el proceso legal de suspensión del Contrato Individual de Trabajo con sus implicaciones legales.