17/07/2025 09:49:34 AM
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#Nicaragua 🇳🇮 #BDS_AlertaLaboral: Consideraciones legales sobre el feriado nacional del 19 de julio de 2025
En nuestro país, el 19 de julio se conmemora el aniversario del triunfo de la Revolución Popular Sandinista, celebración que ha sido elevada a la categoría de feriado nacional obligatorio con derecho a descanso y salario, conforme lo establecido en el artículo 66 del Código del Trabajo.
En el presente año, este feriado nacional tendrá lugar en sábado. Por tanto, los empleadores cuya jornada ordinaria de trabajo incluya los días sábados, ya sea a tiempo completo o medio tiempo, deberán otorgar el descanso obligatorio remunerado. En caso de que el trabajador labore durante ese día, se le deberán pagar las horas laboradas como extraordinarias.
Debemos recordar que, de acuerdo con el artículo 66 del Código de Trabajo, los feriados nacionales obligatorios con derecho a descanso y salario los siguientes: 1° de enero, Jueves y Viernes Santos, 1° y 30 de mayo, 19 de julio, 14 y 15 de septiembre, y 8 y 25 de diciembre.
Asimismo, se aclara que, si el día 19 de julio de 2025 ya se encuentra contemplado como día adicional de descanso en la empresa no corresponde compensación, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 del Código del Trabajo, el cual prevé compensación únicamente cuando el feriado nacional coincide con el séptimo día (descanso semanal obligatorio).
Según el artículo 68 del Código de Trabajo, si algún día feriado nacional coincide con el sétimo día, éste será compensado, y al trabajador que labore, se le remunerará como día extraordinario de trabajo.
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