El martes 30 de setiembre de 2025, mediante el Alcance N.° 125 a La Gaceta N.° 182, se publicó la Ley N.° 10749, que ratifica el Convenio 190 (C190) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tras la reciente aprobación legislativa en segundo debate en agosto de 2025 del expediente 22.569.
El C190 constituye el primer instrumento global que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso. Su protección abarca a asalariados, pasantes, voluntarios, personas en búsqueda de empleo e incluso empleadores, y subraya la dimensión de género en estas conductas, fortaleciendo la igualdad y el trabajo decente como pilares de los entornos laborales.
La incorporación de este convenio al ordenamiento jurídico nacional representa un avance histórico para Costa Rica, pues compromete al Estado a desarrollar políticas públicas y reformas legales que permitan prevenir, atender y sancionar la violencia y el acoso en todos los sectores, públicos y privados, formales e informales. Además, al tener un rango superior a una ley ordinaria, se erige como una norma de especial jerarquía dentro del derecho laboral costarricense.
No obstante, cabe señalar que, de acuerdo con el artículo 14 del Convenio, su entrada en vigor para Costa Rica se producirá 12 meses después del registro oficial de la ratificación ante la OIT.
En este contexto, resulta clave que los centros de trabajo inicien un proceso de revisión y actualización de sus regulaciones internas y protocolos de acoso laboral, a fin de garantizar un cumplimiento efectivo y oportuno de lo dispuesto en el Convenio mencionado.

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