Al analizar el vínculo entre el trabajador y la parte patronal, así como las consecuencias de los acuerdos dispuestos para el desarrollo de la actividad productiva, es necesario resaltar el principio de buena fe, ya que es el eje fundamental para el cumplimiento del contrato laboral. Para ambos interesados, todas sus acciones deben estar impregnadas por el buen ánimo y la transparencia.
Desde el inicio del contrato de trabajo hay que tener claridad sobre las condiciones básicas, tales como el puesto a desempeñar, la jornada, el horario, el salario, las vacaciones, el aguinaldo, entre otros. No se debe perder de vista que los derechos y las obligaciones son tanto para el trabajador como para el patrono, por lo que, a mayor claridad sobre las regulaciones del contrato laboral, menor será la posibilidad de enfrentar controversias judiciales.
Ahora bien, si surge un desacuerdo, es prudente tomar en consideración que solo un juez de Trabajo puede imponer una solución definitiva a las reclamaciones, por lo que una solicitud de conciliación antes de la interposición de una demanda no constituye un juzgamiento o “cheque en blanco”; es una vía voluntaria para retomar la buena fe y conversación. Se recomienda la vía de la conciliación como una buena práctica patronal, pero ante esta gestión, se debe actuar con prudencia y no apresurarse a pagar un acuerdo. Si realmente existe certeza de buen derecho y resguardo de la información, lo ideal es llegar a un acuerdo satisfactorio para patrono y trabajador.
Cuando los empleadores reciben una demanda laboral, que, en términos sencillos, es la solicitud de revisión que hace el trabajador ante el juez de Trabajo, con la intención de que se convaliden las apreciaciones sobre los derechos generados en el contrato de trabajo, se recomienda asumir la gestión formal de contestación con toda la amplitud de argumentaciones y ofrecimiento de pruebas, ya que ser omiso o evasivo en la respuesta no garantiza un buen resultado.
Ante la posibilidad de una demanda laboral, aunque sea trillado el consejo, lo mejor es mantener un adecuado registro documental de los principales eventos del contrato de trabajo, dado que cuando valoramos cada una de las reclamaciones judiciales que nos llegan, una de las mayores complicaciones que se presentan de manera constante es la trazabilidad de la información y la cronología de los acontecimientos. A pesar de que durante la prestación de servicios de buena fe se pueden pactar diferentes situaciones con un apretón de manos, lo mejor, para seguridad jurídica de ambas partes, es un buen registro documental, precisamente para cumplir con la buena fe que se le exige al trabajador y su patrono.
Sin importar el número de trabajadores, se les recomienda a todas las empresas tener siempre un adecuado resguardo físico o digital de los acontecimientos y acuerdos aplicados por iniciativa del trabajador o por necesidad del patrono. Incluso, después de finalizado el contrato de trabajo, el patrono debe guardar los registros por lo menos por 4 años.
Es importante aconsejarles a los empleadores que mantengan una buena comunicación, franca y abierta con sus trabajadores. Sin duda, la adecuada gestión de las jefaturas es trascendental para evitar malentendidos que pueden generar controversias judiciales innecesarias. Es mejor lo ampliamente conversado que lo malentendido, más cuando estamos frente a temas de poder disciplinario.
No debe olvidarse que, ante la notificación de una demanda laboral, el patrono debe tener la mayor cantidad de registros en documentos o testigos, para dar claridad a la respuesta que debe presentar ante el Juzgado de Trabajo. De lo contrario, posiblemente la autoridad judicial dará más peso al principio laboral in dubio pro operario, según el cual, como regla general, ante la duda que no pueda aclarar el patrono, se tomará como cierto lo reclamado por el trabajador.
En varias oportunidades, hemos resaltado la importancia de mantener buenas prácticas patronales. La experiencia en la materia laboral nos ha guiado para no negar derechos de los trabajadores; sin embargo, para no caer en situaciones injustas contra el patrono, lo mejor es tener adecuados y sólidos registros.
Efraín Zapata Muñoz
Socio de BDS Asesores