#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Aprobada en segundo debate reforma al Código de Trabajo en favor de la lactancia: nuevas obligaciones para patronos
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#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Aprobada en segundo debate reforma al Código de Trabajo en favor de la lactancia: nuevas obligaciones para patronos

Este miércoles 18 de marzo, se aprobó en segundo debate el proyecto Ley para proteger, promover y apoyar la lactancia materna (Expediente N.° 24 481), mediante el cual se introducen reformas relevantes al Código de Trabajo que impactan directamente a las organizaciones del sector público y privado que cuenten con trabajadoras en período de lactancia. 

En el ámbito laboral, entre los principales cambios que trae consigo esta nueva ley están:

    • Periodo mínimo de lactancia: Se modifica el artículo 95 para fijar el primer año de vida del menor como período mínimo de lactancia en el ámbito laboral, prorrogable cada tres meses mediante certificación médica —emitida por profesionales del sector público o privado— e incluso prorrogable mientras el menor continúe siendo alimentado con leche materna. Además, reconoce el derecho de las madres adoptantes a un período de inducción a la lactancia, sujeto a certificación especializada.

    • Modificación del tiempo (remunerado) de lactancia materna durante la jornada de trabajo: Se aclara que el tiempo para lactancia materna durante una jornada de trabajo es de una hora por día, lo cual la trabajadora podrá elegir si lo disfruta en fracciones de 15 minutos cada dos horas (en lugar de cada tres horas como está establecido actualmente), dos bloques de 30 minutos diarios, o una hora continua, ingresando una hora más tarde o saliendo una hora antes del fin de su jornada. En jornadas extraordinarias, se reconoce un período adicional de 15 minutos por cada tres horas laboradas.

    • Periodo adicional de extracción de leche materna: Con la adición de un artículo 97 bis, se obliga a conceder un mínimo de 25 minutos cada tres horas laborales, computados como tiempo efectivo de trabajo y no sustituibles por otros beneficios. Se trata de un derecho separado y paralelo al tiempo de lactancia materna.

    • Espacios de extracción obligatorios: La modificación del artículo 100, obliga a toda persona empleadora que tenga madres en período de lactancia a: contar con un espacio adecuado para la extracción y almacenamiento de la leche materna. Importante recordar que en 2025 se aprobó el Decreto Ejecutivo 44943- MTSS-S, Reglamento de condiciones para espacios de lactancia materna en los centros de trabajo, el cual estableció nuevas regulaciones para el cumplimiento de la obligación patronal de contar con una sala, cabina o zona de lactancia, y que entrará en vigencia el próximo 2 de julio de 2026.

Se recomienda a las organizaciones revisar reglamentos internos, protocolos, infraestructura y prácticas operativas para adecuarse oportunamente a estas disposiciones y reducir eventuales contingencias laborales, ya que la reforma entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

Para más información, puede leer la alerta detallada en nuestra plataforma BDS Tools.

Asimismo, si desea profundizar en el alcance de estas reformas y su correcta implementación, le invitamos a participar en nuestro webinar “Lactancia materna en el empleo: nuevas obligaciones y cómo cumplirlas”, que se llevará a cabo el próximo jueves 23 de abril a las 8:30 a.m. Puede inscribirse haciendo clic aquí.

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