#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Corte Suprema declara ajustado a derecho el despido de trabajador que viajó al extranjero mientras se encontraba con licencia médica
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#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Corte Suprema declara ajustado a derecho el despido de trabajador que viajó al extranjero mientras se encontraba con licencia médica

Con fecha del 23 de marzo de 2026, en causa Rol N° 49.746-2024, la Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de unificación deducido por la demandada y declaró que el despido de un trabajador que viajó al extranjero mientras hacía uso de una prerrogativa legal que lo eximía de prestar servicios es justificado. 

En este sentido, la recurrente propone como materia de derecho determinar “si es posible cumplir la hipótesis de caducidad que se establece en el artículo 160 N.º 1 del Código del Trabajo, en el evento que un trabajador que se encuentra bajo licencia médica que ordena reposo absoluto, contraviene absolutamente dicha instrucción, y con fines eminentemente recreativos y turísticos, viaja fuera del país”. Argumenta que dicho comportamiento sería contrario a “los principios de probidad, buena fe y fidelidad” propios de la relación laboral.

El máximo tribunal advierte que el contrato de trabajo posee un “elemento de carácter ético, porque durante su vigencia rigen ciertos principios que las partes están obligadas a respetar”, dentro de los cuales debe primar la confianza entre las partes.

Como consecuencia de aquello señala que la circunstancia que el demandante haya presentado una licencia médica con la finalidad de ausentarse de sus labores y viajar al extranjero, constituye una conducta “carente de rectitud y de integridad”, lo que justifica que la empleadora haya puesto término a la relación laboral por la causal prevista en el artículo 160 N° 1 letra a) del Código del Trabajo.

Asimismo, dicho proceder implicó que la empleadora pagara al actor el subsidio procedente además de “probablemente, se vio constreñida a ajustar sus procedimientos internos, afectando la buena marcha del negocio y a otros trabajadores que debieron ejecutar sus labores”, por lo que resulta procedente acoger el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la misma.

Publicado el jueves 26 de marzo de 2026.

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