Reformas al Código de Trabajo garantizarán el reinstalo de embarazadas que hayan sido despedidas

 

En la Plenaria N° 94, los legisladores aprobaron, con 82 votos, la incorporación del artículo 113-A al Código de Trabajo, con el fin de garantizar el reinstalo de las mujeres en estado de gestación que han sido despedidas, ya sea como medida cautelar o como efecto de la sentencia.

El artículo incorporado, establece que el juez de lo Laboral podrá decretar de oficio, o a petición de la parte ofendida, la medida cautelar de reinstalo.

Lo anterior, con el objeto de que la madre no pierda la prestación de ISSS durante su embarazo.

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