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#CostaRica 馃嚚馃嚪 #BDS_Informa: Trabajadores tienen permiso con goce de salario para ir a votar

Escrito por BDS Asesores | 22/01/2024 05:34:13 PM
Las personas trabajadoras tienen derecho a un permiso con goce de salario para ejercer su derecho al voto en elecciones populares y en consultas populares bajo modalidad de refer茅ndum, de acuerdo con lo establecido en el art铆culo 69, inciso j, del C贸digo de Trabajo. Este derecho incluye  el debido permiso para asistir a las urnas durante las pr贸ximas elecciones municipales, que se celebrar谩n el domingo 4 de febrero de 2024.
 
De igual manera, el art铆culo 292 del C贸digo Electoral establece que: "Se impondr谩 multa de dos a cinco salarios base al patrono que, incumpliendo la obligaci贸n establecida en el inciso j) del art铆culo 69 del C贸digo de Trabajo, impida a sus trabajadores ausentarse de su trabajo el d铆a de las elecciones durante el tiempo prudencial para emitir el voto, o que en virtud de ello les aplique alguna sanci贸n o les reduzca el salario".

El permiso con goce de salario que se conceda para la emisi贸n del voto depender谩 de las circunstancias del lugar que se trate, raz贸n por la cual no se pueden emitir directrices generales para todas las empresas; sin embargo, en todo caso, se recomienda conciliar criterios l贸gicos y razonables, que depender谩n del lugar de trabajo y el horario de la empresa, de manera que no se limite el derecho del trabajador ni se perjudique a la empresa.

Es as铆 como todo trabajador que deba laborar el d铆a de las elecciones municipales tendr谩 derecho al tiempo necesario para acudir a su lugar de votaci贸n, con goce de salario, sin que se le pueda sancionar por ello. No obstante, el patrono puede coordinar previamente para evitar la disrupci贸n de las labores, as铆 como solicitar la documentaci贸n que permita constatar que la persona efectivamente asisti贸 al centro de votaci贸n.