El Tribunal Constitucional ha emitido una decisión trascendental en relación con la licencia de paternidad en el marco del Código Laboral. En su fallo, el Tribunal Constitucional anuló la disposición del Código Laboral que otorgaba solo dos días de licencia por paternidad a los trabajadores, por considerarla inconstitucional. La Corte exhortó al Congreso Nacional a establecer un nuevo período de duración para la licencia de paternidad, que sea más acorde con los principios de igualdad y razonabilidad.
El Tribunal Constitucional ha diferido los efectos de la anulación, otorgando al Congreso Nacional un plazo de dos años para llevar a cabo la revisión y modificación necesaria en la legislación. Se espera que este proceso resulte en un período de licencia de paternidad más extenso y progresivo, que garantice la igualdad de género y la promoción de una paternidad responsable.
Este importante fallo resalta la necesidad de adaptar la legislación laboral a los estándares de igualdad y equidad de género. Se espera que el Congreso Nacional, en su labor legislativa, refleje estos principios y desarrolle una nueva regulación que cumpla con los estándares de igualdad y razonabilidad destacados por el Tribunal Constitucional.
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