Se anunciaron las nuevas medidas:
En fecha 7 de abril del año 2020, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), emitió la Resolución No. 492-01, mediante la cual dispuso, entre otras medidas, que todos los afiliados (incluyendo a sus dependientes directos y adicionales) que tengan sus contratos suspendidos, durante el estado de emergencia, mantendrán por sesenta (60) días, los derechos del Seguro Familiar de Salud (SFS) EN ESPECIE Y SIN DISFRUTE DE LAS PRESTACIONES EN DINERO. Para aplicar para este beneficio es necesario estar incluidos en la factura pagada por el período febrero 2020.
En caso de dudas contáctenos al correo: covid19@bdsasesores.com, indicando el país de su consulta.