El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana dictó ayer unas resoluciones con las cuales se regula la formalización de las condiciones laborales del trabajo doméstico que se realiza en el país.
Las resoluciones son las siguientes:
- Resolución N° 14-2022 del Ministerio de Trabajo: establece una serie de disposiciones sobre el contrato de trabajo. Además, indica que la jornada de trabajo de los domésticos no podrá ser mayor de 8 horas diarias ni mayor de 44 horas semanales, y deberán gozar de un descanso semanal ininterrumpido de un mínimo de 36 horas. Queda también prohibido el trabajo doméstico de personas menores de dieciocho años de edad.
- Resolución N° 11-2022 del Comité Nacional de Salarios: dispone lo relativo al salario. Este debe ser preferiblemente pagado en efectivo, pudiendo las partes acordar otra forma de pago, y el salario mínimo establecido será de RD$10,000.00 mensuales.
- Resolución 551-08 del Consejo Nacional de Seguridad Social: establece un sistema piloto de seguridad social, donde se podrá inscribir a los trabajadores domésticos. Adicionalmente, se establece una suma de RD$5,000.00 para la atención de la salud, pensiones y riesgos laborales, lo que ayudará no solo al trabajador, sino también al empleador al retirarle una importante carga económica.
Estas resoluciones –que entrarán en vigor en un plazo de noventa días (90) días– evidencian un significativo trabajo conjunto del Ministerio de Trabajo, el Consejo Nacional de Seguridad Social y el Comité Nacional de Salarios, al regular el trabajo doméstico per se y mejorar sus condiciones laborales.
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