#RepúblicaDominicana 🇩🇴 #SabíasQué: Medidas tomadas por el #COVID_19

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En fecha 17 de marzo del 2020, el presidente de la República Dominicana, Danilo Medina, se dirigió a la nación y anunció las medidas que se estarían tomando a raíz del #COVID_19.

Solicitud de declaratoria de estado de emergencia al Congreso.
En fecha 18 de marzo de 2020, el Senado autorizó al Presidente de la República declarar el estado de emergencia por 25 días. En fecha 19 de marzo sesionará la Cámara de Diputados para estos mismos fines. Con la aprobación de ambos órganos legislativos se espera que el Presidente emita el decreto correspondiente

Con vigencia a partir del jueves 19 de marzo y durante los próximos 15 días:

  • Se cierran las fronteras del país por tierra, mar y aire, durante los próximos 15 días. Solo se permitirá la entrada de aviones ferry para la salida de ciudadanos extranjeros que quieran regresar a sus países y la llegada de aviones, buques de carga y de combustibles para garantizar los suministros a la población.
  • Se suspende la docencia en todos los centros escolares y universitarios hasta el próximo lunes 13 de abril.
  • Se suspenden los eventos y concentraciones de toda índole.
  • Se suspenden las actividades comerciales, con la excepción de aquellas que se dedican a actividades básicas para la población: supermercados, colmados, estaciones de expendio de combustibles, farmacias y establecimientos comerciales dedicadas al expendio de alimentos crudos o cocidos, entre otros.
  • En los restaurantes solo habrá servicios de take-out y delivery.
  • Operan de manera normal los centros de servicios médicos públicos y privados y los laboratorios médicos.
  • Cualquier otro tipo de empresa o negocio cuya actividad se considere vital debe comunicarse con la Comisión de Alto Nivel Presidencial.

Según declaraciones de dicha Comisión de fecha 18 de marzo de 2020, realizaron las siguientes aclaraciones sobre las empresas que pueden operar en los 15 días de período de cuarentena son:

1- Empresas que se dedican a actividades básicas para la población: colmados supermercados, farmacias, estaciones de combustible y aquellos establecimientos comerciales dedicados a expender alimentos crudos o cocidos.



2- Sector industrial, zonas francas y empresas agrícolas pueden continuar operaciones, pero deben promover el teletrabajo y el horario flexible. 



3- El sector financiero (dentro del nuevo horario aprobado por la Junta Monetaria).



4- Los servicios funerarios.

5- Los servicios de seguridad.
 
6- Las demás empresas y establecimientos deben permanecer cerrados.
 
La Administración Pública enviará a casa de los colaboradores de alto riesgo y laborará con rotación alternada al 50% de los empleados por semana.
 
En la tarde de hoy, 18 de marzo de 2020, el Ministro de Trabajo anunció las medidas incluidas en la “Resolución 007/2020 sobre medidas preventivas para salvaguardar la salud de las personas trabajadoras y empleadoras ante el impacto del coronavirus (COVID 19) en la República Dominicana”:

  • Las empresas que califiquen para permanecer abiertas deben flexibilizar su jornada o implementar el trabajo a distancia.



  • Las demás empresas deben otorgar el disfrute de las vacaciones remuneradas a todos los trabajadores que califiquen para las mismas; los trabajadores que no hayan adquirido el derecho a vacaciones recibirán un avance de una semana de vacaciones remuneradas, así como el pago de una semana de salario a cargo de la empresa.

Otras medidas que se han anunciado:

  • La DGII dejará de aplicar temporalmente la tasa a los Acuerdos de Precios por Anticipado (APA).
  • Se permitirá dividir en cuatro pagos la liquidación del impuesto anual de la renta que deben efectuar en abril todas las empresas que cierran ejercicio en diciembre.
  • Se otorgarán facilidades urgentes para flexibilizar el pago de los compromisos de anticipos de todo el sector productivo, en tres cuotas inmediatamente posteriores al período de emergencia.
  • Se coordinarán otras medidas sobre el pago de obligaciones impositivas de empresas y personas, entre otras.
  • La Junta Monetaria igualmente dictó medidas económicas como reducción de tasas de intereses, entre otras.
  • El Poder Judicial suspendió las audiencias fijadas a partir del jueves 19 de marzo, reiniciando el lunes 13 de abril de 2020.
  • El transporte público permanecerá en funcionamiento para permitir los traslados de las personas.

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