Actualidad Laboral

#Rep煤blicaDominicana 馃嚛馃嚧 #BDS_Art铆culo:聽Reforma al C贸digo de Trabajo: 驴qu茅 sabemos al respecto?

Escrito por BDS Asesores | 27/01/2025 04:49:04 PM

El pasado 10 de octubre del 2024, el ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, deposit贸 ante el Senado de la Rep煤blica Dominicana el anteproyecto de reforma al C贸digo de Trabajo (en lo adelante, CT). Este momento marca un hito hist贸rico en la legislaci贸n laboral de nuestro pa铆s, dejando atr谩s a帽os de di谩logos, intentos fallidos de reformas y comisiones que, aunque entregaron proyectos previos, no lograron pasar por el Congreso Nacional.

Como miembro del equipo redactor del anteproyecto, es para m铆 un honor haber formado parte de este esfuerzo colectivo. Este trabajo conjunto no solo refleja un compromiso con la modernizaci贸n del marco legal laboral, sino tambi茅n con la construcci贸n de un sistema m谩s justo y eficiente para empleadores y trabajadores.

 

Entre los temas anunciados en el anteproyecto, destacan avances significativos que buscan transformar el panorama laboral dominicano:

 

  1. Fortalecimiento de las capacidades de supervisi贸n del Ministerio de Trabajo: se introducen mecanismos que aseguran el cumplimiento de disposiciones esenciales, como la regla del 80/20 en la contrataci贸n de personal nacional e internacional. Adem谩s, se refuerzan las capacidades de inspecci贸n laboral, permitiendo una fiscalizaci贸n m谩s efectiva y garantizando el respeto de los derechos laborales.
  2. Reducci贸n de los tiempos en los juicios laborales: el anteproyecto propone un cambio radical en la duraci贸n de los procesos judiciales laborales, incluyendo la incorporaci贸n de un verdadero proceso de conciliaci贸n en sede judicial. Este mecanismo permitir谩 resolver conflictos de manera m谩s 谩gil y menos traum谩tica para ambas partes, brindando tambi茅n opciones de pago flexibles para los empleadores, quienes a menudo enfrentan dificultades al ejecutar sentencias en su contra.
  3. Formalizaci贸n del teletrabajo: la pandemia aceler贸 la adopci贸n del teletrabajo a nivel mundial, avanzando en una d茅cada los cambios en las modalidades de empleo. El anteproyecto reconoce esta realidad y establece reglas claras para regular el teletrabajo, garantizando derechos y deberes tanto para empleadores como para empleados.
  4. Incremento en el permiso de paternidad: en un esfuerzo por fomentar la equidad y la conciliaci贸n familiar, el permiso de paternidad se incrementa en un 100%, pasando de 2 a 4 d铆as laborables con disfrute de salario, brindando a los padres un mayor tiempo para estar con sus hijos reci茅n nacidos.
  5. Aumento de las vacaciones laborales: se introduce un d铆a adicional a las vacaciones ya establecidas en el CT, promoviendo un balance entre la vida laboral y familiar, y mejorando la calidad de vida de los trabajadores.
  6. Incorporaci贸n de los trabajadores dom茅sticos: por primera vez, los trabajadores dom茅sticos son incluidos de manera formal en el CT, equiparando la mayor铆a de sus derechos con los del resto de los empleados. Esta medida representa un avance significativo en la protecci贸n de un sector hist贸ricamente marginado.
  7. Jornadas extendidas de trabajo: el anteproyecto introduce la posibilidad de establecer jornadas extendidas de hasta doce horas diarias, siempre que el promedio mensual de horas trabajadas en la semana no exceda las cuarenta y cuatro horas. Esto podr谩 realizarse mediante acuerdos entre el empleador y los trabajadores, los cuales deber谩n cumplir con las siguientes condiciones:
    A El acuerdo debe ser firmado por los sindicatos de trabajadores de la empresa o, en ausencia de estos, por m谩s del 50% de los trabajadores afectados.
    B. Bajo esta modalidad, se proh铆be laborar horas extraordinarias y el horario debe ser establecido previamente para que los trabajadores conozcan sus horarios con anticipaci贸n.
    C. El acuerdo debe notificarse por escrito a la Direcci贸n General de Trabajo (DGT) en un plazo m谩ximo de diez d铆as calendario desde su firma.
    D. La DGT podr谩 verificar el cumplimiento de estas condiciones y revocar el acuerdo en caso de incumplimiento.
  8. Horas extraordinarias de trabajo: en situaciones de aumento excesivo de trabajo, las horas extraordinarias no podr谩n exceder de ciento veinte horas trimestrales, estableciendo un control m谩s estricto para evitar abusos.

El camino hacia la aprobaci贸n de este anteproyecto ahora depende del dep贸sito en el Congreso Nacional, donde se espera que los consensos alcanzados a trav茅s del tripartismo sirvan como base para un debate constructivo, el cual se ha estado realizando con reuniones por parte de la comisi贸n especial con sectores del gobierno, trabajadores y empleadores, as铆 como con actores fundamentales del sector social.

 

Esta reforma no solo representa un avance t茅cnico y jur铆dico, sino tambi茅n un compromiso con un futuro m谩s equitativo y sostenible para el mercado laboral dominicano. Estamos ante un momento crucial que demanda la atenci贸n y el compromiso de todos los sectores para asegurar que estas reformas se traduzcan en mejoras concretas para nuestra sociedad.

Javier Su谩rez

Socio BDS Asesores