#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Ministerio de Trabajo establece criterios para la aplicación de la Quincena Veinticinco
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#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Ministerio de Trabajo establece criterios para la aplicación de la Quincena Veinticinco

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social emitió el Instructivo No. 01/2026, mediante el cual establece los criterios operativos y procedimientos para la aplicación de la Ley Especial Quincena Veinticinco, incluyendo las reglas para determinar el monto, los requisitos de elegibilidad y la forma en que deberá realizarse el pago de este beneficio.

La Quincena Veinticinco consiste en un ingreso complementario equivalente al 50% del salario nominal mensual y deberá pagarse entre el 15 y el 25 de enero de cada año. En el sector privado, tendrán derecho al pago completo las personas trabajadoras que, al 14 de enero, hayan acumulado un año o más de servicio con el mismo patrono. Quienes no hayan completado ese periodo recibirán el beneficio de manera proporcional al tiempo laborado.

Para acceder al beneficio, la persona trabajadora deberá mantener un vínculo laboral activo y percibir un salario nominal igual o inferior a US$1.500 mensuales.

Para determinar el salario aplicable, el cálculo se realizará sobre el salario básico o nominal que la persona trabajadora perciba al momento del pago, sin incluir comisiones ni otras remuneraciones variables.

El instructivo también establece que este beneficio es inembargable y no estará sujeto a descuentos por seguridad social, AFP, impuesto sobre la renta u otros conceptos similares. Asimismo, contempla disposiciones particulares para situaciones como la terminación de la relación laboral, licencias, suspensiones y prestación de servicios profesionales.

Para el sector privado, el pago será obligatorio a partir de enero de 2027. Durante 2026, su otorgamiento será voluntario y dará derecho al crédito tributario establecido en la normativa.

Ante estas disposiciones, les recomendamos a los empleadores revisar sus procesos internos y de planilla, identificar a las personas trabajadoras que cumplen con los requisitos y prepararse con anticipación para la aplicación obligatoria de este beneficio a partir de 2027.

El instructivo fue publicado en el Diario Oficial Tomo N.° 452 del 14 de septiembre de 2026.

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