En un contexto donde el tipo de cambio ha venido a la baja, muchas empresas en Costa Rica podrían percibir este fenómeno como una señal positiva, desde el punto de vista financiero. Sin embargo, cuando se trata de organizaciones que pagan salarios en dólares, la realidad puede ser más compleja de lo que aparenta.
Y es que, aunque el monto en dólares se mantenga intacto, su equivalente en colones —que es finalmente el que impacta el día a día de las personas trabajadoras— puede disminuir de forma sostenida, generando un efecto directo en la capacidad adquisitiva del colaborador.
Un punto de partida relevante: pagar en dólares es legal
En la legislación costarricense no existe prohibición alguna para pactar el salario en moneda extranjera; por el contrario, forma parte de la libertad contractual que tienen las partes dentro de la relación laboral.
Eso sí: este esquema siempre debe cumplir con una regla básica: el monto del salario, en su equivalente en colones, debe respetar al menos el mínimo legal correspondiente a la ocupación que desempeña el trabajador.
La interrogante de muchas empresas ante el contexto actual
En este escenario, surge una duda cada vez más frecuente: ¿debe el patrono ajustar o compensar el salario ante la caída del dólar frente al colón costarricense?
Las variaciones en el tipo de cambio no generan, por sí mismas, una obligación legal para el patrono de ajustar el salario pactado. En otras palabras, salvo que el salario llegue a ubicarse por debajo del mínimo legal, la legislación no impone automáticamente al empleador la obligación de ajustar el monto.
No obstante, siempre resultará pertinente remitirse a lo que se haya definido desde el inicio de la relación laboral sobre el salario: la moneda pactada, las condiciones del salario y la eventual previsión o no del riesgo cambiario dentro del contrato.
Lo que sí es claro es que la obligación patronal tiene un piso: garantizar el respeto de los mínimos legales. A partir de ahí, el análisis puede variar según cada estructura contractual y la realidad empresarial.
El efecto que no siempre se mide
Más allá de la discusión jurídica, hay un elemento que no debería pasarse por alto: la percepción del trabajador.
Cuando el ingreso real en colones se reduce, aunque el salario en dólares no haya cambiado, es común que se generen inquietudes, comparaciones internas y, en algunos casos, una sensación de pérdida que impacta directamente en la motivación y en el clima laboral.
En ese escenario, el tema deja de ser únicamente legal y para ser también estratégico.
¿Existen alternativas? Sí, pero deben manejarse con cuidado
En la práctica, existen distintas formas de abordar este tipo de escenarios para aminorar el impacto, por ejemplo: optar por bonificaciones para compensar la pérdida; cláusulas de pisos cambiarios para garantizar al trabajador un mínimo en colones, o incluso, “colonizar” el contrato.
Sin embargo, cada medida debe evaluarse cuidadosamente tanto desde su impacto económico como desde sus implicaciones legales, especialmente en lo que respecta a la naturaleza salarial y sus efectos asociados.
Un tema que no debería dejarse para después
Idealmente, el riesgo cambiario debería abordarse desde el inicio de la relación laboral, dejando claras las reglas del juego desde el momento de la contratación.
Si esto no ocurrió, sigue existiendo espacio para el análisis y la toma de decisiones, siempre dentro de un marco de acuerdo entre las partes.
Por ello, antes de adoptar cualquier medida relacionada con salarios pactados en dólares, es recomendable contar con asesoría legal especializada, que permita valorar correctamente los alcances laborales, salariales y contractuales de cada alternativa.
En BDS Asesores, estamos capacitados plenamente para acompañar a las empresas que ameritan realizar ese análisis ante la coyuntura actual, con soluciones preventivas, claras y ajustadas a su realidad operativa.
Shadia Sallón
Abogada, BDS Asesores