#CostaRica 🇨🇷 #AlertaLaboralBDS: Obligación legal para ejercer su derecho de voto

Costa Rica 2020

De conformidad con el artículo 69, inciso J) del Código de Trabajo, todo patrono tiene la obligación legal de brindar a sus trabajadores el tiempo necesario, con goce de salario, para que puedan ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales.

Cabe destacar que los trabajadores no pueden hacer un uso abusivo de ese derecho y el permiso debe limitarse al ejercicio del derecho y afectando de la menor forma posible sus labores.

Los patronos que se nieguen a cumplir con lo ordenado por la Ley, se exponen a multas que van de los dos a los cinco salarios base, de conformidad con el artículo 292 del Código Electoral.

En caso de dudas, contáctenos dando clic aquí.

Otros artículos

#Nicaragua 🇳🇮 #BDS_Informa: A propósito del feriado nacional del 8 de diciembre de 2024

El Ministerio de Trabajo dio a conocer, mediante un comunicado dirigido a las personas...

#Honduras 🇭🇳 #BDS_Informa: Publicación de la nueva tabla del Bono Educativo

Recientemente, las autoridades hondureñas publicaron la actualización de la tabla para el Bono...

#Nicaragua 🇳🇮 #AlertaLaboralBDS: Feriados nacionales 14 y 15 de septiembre 2021

En comunicado del veinte de agosto del año dos mil veintiuno emitido por la Dra. Alba Luz Torres...