Mediante la Disposición N° 002-2026, emitida por el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, se establecen cambios en las categorías migratorias de visa para el ingreso a la República de Nicaragua, que entraron en vigencia desde el dieciséis de febrero de dos mil veintiséis.
La referida disposición actualiza el listado de nacionalidades que:
Se mantiene el régimen de libre visado para diversas nacionalidades, incluyendo países de Centroamérica como:
Asimismo, continúan bajo régimen de libre visado múltiples países de Europa, América y Asia, conforme al listado oficial contenido en la Disposición.
II. Países que Requieren Visa Consultada (Categoría “C”)
La Disposición incorpora o confirma que ciudadanos de diversas nacionalidades deberán gestionar Visa Consultada previa a su ingreso a Nicaragua. Entre los países que requieren Visa Consultada – Categoría “C” se encuentran:
Asimismo, se establecen criterios específicos de reciprocidad en el caso de Colombia, respecto de determinados territorios.
Impacto laboral y empresarial
La actualización de categorías migratorias puede incidir directamente en:
Las empresas deberán verificar la categoría migratoria aplicable a cada nacionalidad antes de programar ingreso al país, a fin de evitar retrasos operativos o impedimentos de entrada.
Recomendaciones
Ante esta nueva Disposición, recomendamos a los empleadores:
La Disposición es de aplicación inmediata para autoridades migratorias y líneas de transporte. Puede descargarla haciendo clic aquí.