Jul 24, 2025 10:28:11 AM
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#CostaRica 🇨🇷 #BDS_Informa: Feriado del 2 de agosto cae en sábado: claves sobre su pago y disfrute
El sábado 2 de agosto de 2025 se conmemorará el “Día de la Virgen de los Ángeles”. Al igual que otros feriados de este año, no será trasladado su disfrute.
Se trata de un feriado de pago no obligatorio, lo que conlleva diferencias según la modalidad de remuneración laboral:
- Salario mensual o quincenal: el feriado está cubierto por el salario ordinario. Si se labora ese día, el patrono debe pagar un día adicional o las horas trabajadas. Las horas extra deben calcularse sobre el pago doble.
- Salario semanal, por hora o día: si no se trabaja, no hay obligación de pago. En caso de laborar, se paga solo la jornada sencilla y las horas extra se calculan con un 50% adicional al valor de la hora ordinaria.
Si el sábado es día habitual de descanso, el feriado no genera derecho a pago ni a disfrute adicional, salvo que la persona sea convocada a trabajar; en ese caso se aplican las condiciones ya indicadas.
Próximamente, les informaremos sobre las condiciones específicas para los feriados del 15 y 31 de agosto.
Para una mejor orientación sobre la correcta aplicación de las disposiciones relativas al manejo de los feriados, le recomendamos utilizar nuestra herramienta de autogestión BDS TOOLS, donde podrán acceder a recursos prácticos y guías especializadas, entre otros insumos.

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