#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Reforma a la Ley para la Protección de Datos Personales
2:20

#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Reforma a la Ley para la Protección de Datos Personales

Recientemente, la Asamblea Legislativa de nuestro país aprobó varias reformas a la Ley para la Protección de Datos Personales (LPDP), dirigidas a simplificar el ejercicio de los derechos de los titulares y brindar mayor flexibilidad a las organizaciones para gestionar las solicitudes conforme a su estructura interna.

Principales cambios para las empresas

  • Se elimina la obligación de designar un Delegado de Protección de Datos Personales: la empresa, como sujeto obligado, será directamente responsable de recibir, tramitar y resolver las solicitudes de derechos ARCO-POL. Cada organización podrá definir los canales institucionales para recibir estas solicitudes, los cuales deberán identificarse claramente en su Aviso de Privacidad.

  • Se mantiene el plazo de cinco días hábiles para hacer efectivo el retiro del consentimiento y comunicar a terceros la corrección o eliminación de datos previamente compartidos. Las empresas deberán dejar constancia cuando los datos se encuentren en revisión debido a una solicitud de rectificación.

  • La Agencia de Ciberseguridad del Estado conservará sus facultades de inspección y control.

  • El Director de Protección de Datos Personales, nombrado por el Presidente de la República por un período de tres años, será responsable de tramitar los procedimientos administrativos sancionadores.

¿Qué deben hacer ahora las empresas?

Aunque se ha eliminado la obligación de designar un Delegado de Protección de Datos Personales, las demás obligaciones establecidas en la LPDP continúan vigentes. Por ello, de manera atenta, recomendamos:

  • Definir el área o la persona responsable de gestionar las solicitudes de los titulares.

  • Revisar y actualizar los avisos de privacidad, incorporando los canales habilitados para presentar solicitudes.

  • Adecuar los procedimientos internos para garantizar el cumplimiento de los plazos legales.

  • Implementar registros que permitan documentar la recepción, tramitación y resolución de cada solicitud.

  • Capacitar al personal que participe en el tratamiento de datos personales.

El decreto que establece las reformas descritas entrará en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. 

En caso de dudas adicionales en torno a este tema, podemos asesorarle. Contáctenos.

Tengo una pregunta

Otros artículos