#Honduras 🇭🇳 #BDS_AlertaLaboral: Entran en vigencia nueva "Ley del Fondo de Reserva Laboral de Capitalización Individual" y "Ley para la regulación de las aportaciones y cotizaciones del IHSS"

El pasado 28 de mayo de 2024, fue publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, Núm 36,545, la Ley del Fondo de Reserva Laboral de Capitalización Individual, administrado por el Régimen de Aportaciones Privadas (RAP). Esta normativa había sido aprobada el pasado 30 de abril por el Congreso Nacional de Honduras.

La nueva ley reestablece la reserva laboral, la cual había sido derogada en 2022 mediante la Ley Marco de Protección Social. Con esta normativa, se busca asegurar el pago de las prestaciones laborales, permitiendo que los trabajadores reciban el 100% del saldo de su cuenta de reserva laboral al finalizar su relación laboral por cualquier causa distinta al despido injustificado.

Esto implica aportes patronales obligatorios equivalentes al cuatro por ciento (4%) mensual del salario ordinario, con base en un techo de cotización obligatoria de tres (3) salarios mínimos en su nivel más alto.

Además, en casos de renuncia, despido justificado o acuerdo mutuo, los empleados tendrán derecho a la compensación por antigüedad laboral. La ley establece un procedimiento para que el RAP entregue el valor constituido en reserva laboral en un plazo máximo de un mes.

Asimismo, se permite que el RAP invierta los fondos captados para obtener rentabilidad y mejorar las prestaciones económicas de los trabajadores, asegurando una gestión eficiente y beneficiosa para los fondos de reserva laboral.

En esta misma fecha, fue publicado el Decreto No. 48-2024: Ley para la regulación de las aportaciones y cotizaciones del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), el cual contiene disposiciones sobre el rompimiento de techos para las aportaciones al IHSS para los años 2024 y 2025.

A partir de ahora, la tasa de cotización será el tres punto cinco por ciento (3.5%) para el empleador, de dos puntos cinco por ciento (2.5%) para el trabajador y de cero punto cinco por ciento (0.5%) para el Estado.

Para los años 2024 y 2025, se ha establecido que los techos de cotización serán los siguientes:
 

Año

2024

2025

Régimen de Invalidez, Vejez y muerte (IVM)

L. 11,336.32

L. 11,903.13

 

Régimen de Enfermedad y Maternidad (EM)

L. 11,109.30

L. 11,903.13

 

Tanto la nueva ley como el Decreto No. 48-2024 entraron en vigor al día siguiente a su publicación, es decir, desde el 29 de mayo de 2024.

En caso de dudas sobre estas nuevas disposiciones legales en materia laboral, podemos asesorarle. Contáctenos.

 
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