Marco jurídico de la cordobización
La Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua (Ley No. 732) establece que el BCN es el encargado de ejecutar la política monetaria y cambiaria del Estado. En este sentido, la decisión de cordobizar la economía se fundamenta en el artículo 36 de la misma ley, el cual establece que el córdoba es la única moneda de curso legal en el país (Banco Central de Nicaragua, 2025).
Asimismo, la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias prohíbe la facturación de precios en monedas extranjeras, lo que refuerza la legalidad de la medida (Asamblea Nacional de Nicaragua, 2023). En consecuencia, los establecimientos comerciales y las entidades financieras deben ajustar sus sistemas de facturación y pago al uso exclusivo del córdoba.
Implicaciones jurídicas de la cordobización
La implementación de la cordobización plantea varios desafíos jurídicos:
- Adaptación de contratos y obligaciones financieras: los contratos que anteriormente estaban denominados en dólares deberán ser ajustados a córdobas. Esto podría generar disputas legales sobre la conversión de valores y tasas de cambio aplicables en la transición a la nueva normativa (García, 2024).
- Impacto en el sistema bancario: la obligación de realizar pagos en córdobas afecta la operatividad de cuentas en dólares, lo que podría generar incertidumbre entre los depositantes y afectar la estabilidad financiera del país (Banco Central de Nicaragua, 2025).
- Cumplimiento y sanciones: la normativa exige que los comercios y entidades financieras adapten sus sistemas de pago para procesar exclusivamente en córdobas. El incumplimiento de esta disposición conllevaría sanciones administrativas y financieras para los infractores.
Sanciones por el incumplimiento de la cordobización
El incumplimiento de la normativa de cordobización puede dar lugar a varias sanciones, entre ellas:
- Multas administrativas: los establecimientos que continúen cobrando en dólares podrán ser sancionados con multas proporcionales al monto de las transacciones realizadas en moneda extranjera (Banco Central de Nicaragua, 2025).
- Clausura temporal de negocios: en casos de reincidencia, las autoridades pueden imponer la suspensión temporal de actividades comerciales para aquellos establecimientos que no adapten su facturación a córdobas (Asamblea Nacional de Nicaragua, 2023).
- Responsabilidad penal: si el incumplimiento se considera una violación grave al sistema financiero nacional, los responsables podrían enfrentar acciones penales por resistencia a la normativa monetaria y alteraciones en el orden económico establecido por el Estado (García, 2024).
- Revocación de licencias comerciales: las instituciones financieras y comercios que persistan en transacciones en dólares podrían enfrentarse a la revocación de licencias de operación, especialmente si se comprueba una intencionalidad de eludir la normativa vigente (Banco Central de Nicaragua, 2025).
Si bien la cordobización busca fortalecer la moneda nacional y reducir la dependencia del dólar, su éxito dependerá de la confianza de los ciudadanos en el córdoba y de la estabilidad económica del país. Desde un punto de vista jurídico, la medida se encuentra respaldada por la legislación vigente, pero su implementación requerirá ajustes en el sistema financiero y comercial para evitar conflictos legales y económicos.