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#CostaRica 🇨🇷 #APriori_Informa: Pago del Impuesto a las Personas Jurídicas se debe realizar en el mes de enero

Todos los años las sociedades mercantiles deben completar una serie obligaciones, entre ellas el pago del Impuesto a las Personas Jurídicas. Para este año, el plazo para pagar dicho impuesto va del miércoles 1º hasta el viernes 31 de enero.

Este tributo aplica para todas las sociedades mercantiles, que incluyen las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, y las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Entre las consecuencias que puede ocasionar el no pagar a tiempo el Impuesto a las Personas Jurídicas se encuentran:

  • El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica o literales de sociedad.
  • El Registro Nacional no inscribirá ningún documento de las sociedades morosas.
  • El no pago del impuesto por tres períodos consecutivos será causal de disolución de la sociedad mercantil.
  • Se incluirá la leyenda de encontrarse moroso en las certificaciones notariales.

En caso de dudas en el cumplimiento de ésta y otras obligaciones, podemos asesorarle. Contáctenos.

 
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