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#CostaRica 馃嚚馃嚪 #APriori_Alerta:聽Publicada ley para simplificar el registro del correo electr贸nico de las sociedades

Escrito por A Priori | Jun 3, 2026 9:55:32 PM

El pasado martes 2 de junio, la Asamblea Legislativa aprob贸 en segundo debate el proyecto de ley que permitir谩 a las sociedades mercantiles registrar o modificar su correo electr贸nico para notificaciones mediante un procedimiento m谩s 谩gil y menos costoso. Dicho proyecto fue publicado de manera inmediata al d铆a siguiente como ley mediante el Decreto Legislativo N.潞 10962, "Modificaci贸n del C贸digo de Comercio y de la Ley 10 597, para garantizar el registro gratuito y expedito del correo electr贸nico societario". 

La iniciativa, que se tramit贸 bajo el expediente legislativo N.掳 25 094, busca facilitar el cumplimiento de la obligaci贸n de contar con una direcci贸n electr贸nica oficial para recibir notificaciones judiciales, administrativas y registrales.

Uno de los principales cambios introducidos por la reforma consiste en que la inclusi贸n o modificaci贸n del correo electr贸nico podr谩 realizarse, adem谩s de los mecanismos actualmente existentes, mediante una declaraci贸n jurada del representante legal suscrita en un documento electr贸nico con firma digital certificada. De esta forma, ya no ser谩 necesario otorgar una escritura p煤blica ni protocolizar un acta para efectuar el tr谩mite.

La reforma responde al inter茅s de simplificar procesos, reducir costos y promover la digitalizaci贸n de las gestiones que deben realizar las personas jur铆dicas ante el Registro Nacional. Asimismo, pretende facilitar el cumplimiento de una obligaci贸n que cobra especial relevancia debido a que las notificaciones enviadas al correo registrado producir谩n efectos legales para la sociedad.

En cuanto a los plazos, se establece en el Decreto que las sociedades ya constituidas, antes de la entrada en vigencia de la presente ley, deber谩n inscribir un correo electr贸nico para notificaciones en el Registro de Personas Jur铆dicas, a
m谩s tardar el 31 de diciembre de 2026. Adicionalmente, se establece que las personas jur铆dicas contar谩n con un plazo de hasta 18 meses para cumplir con este requisito.

La reforma ya se encuentra vigente. Fue publicada en el Alcance N.掳 69 a la Gaceta N.掳 101, el 3 de junio de 2026 y, seg煤n se indica en el Decreto, sus disposiciones rigen a partir de su publicaci贸n.

Ante este panorama, es recomendable que las sociedades verifiquen si ya cuentan con un correo electr贸nico registrado ante el Registro Nacional, que dicha direcci贸n se mantenga activa y accesible para sus representantes, y que existan controles internos para revisar oportunamente las comunicaciones recibidas por este medio.

Quedamos atentos para apoyarles con esta gesti贸n si a煤n no han realizado dicho tr谩mite. Cont谩ctenos.