Con fecha del 24 de mayo de 2025, se public贸 en el Diario Oficial la Ley N潞 21.746 del Ministerio de Salud que realiza una serie de modificaciones a la Ley N潞 20.585 sobre el otorgamiento y uso de licencias m茅dicas. Lo anterior con el objeto de fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores y establecer diferentes sanciones administrativas y penales.
Se destacan los siguientes aspectos:
- Principales modificaciones y requisitos
- Emisi贸n de licencias m茅dicas: Solo pueden emitir licencias m茅dicas los m茅dicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas debidamente inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Para m茅dicos titulados o revalidados desde el 19 de abril de 2009, es obligatorio haber aprobado el Examen 脷nico Nacional de Conocimientos de Medicina.
- Licencia m茅dica electr贸nica: Se regula la licencia m茅dica electr贸nica, que debe cumplir con los mismos requisitos que la de papel. Solo se permite la emisi贸n en papel en casos excepcionales (falta de conectividad o autorizaci贸n especial).
- Telemedicina: Los profesionales que emitan licencias tras atenciones a distancia deben estar habilitados para telemedicina y usar plataformas tecnol贸gicas autorizadas, con registro de atenciones.
2. Fiscalizaci贸n y sanciones
- Facultades de fiscalizaci贸n: La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) pueden solicitar antecedentes y sancionar a los profesionales que no los entreguen o incurran en irregularidades.
- Sanciones a profesionales: Si se acredita la emisi贸n de licencias sin fundamento m茅dico, se aplican sanciones que van desde multas y suspensiones temporales hasta la suspensi贸n perpetua del derecho a emitir licencias y la cancelaci贸n del registro profesional. Las multas pueden llegar hasta 600 unidades tributarias mensuales (UTM) en casos de reincidencia grave.
- Sanciones a contralores m茅dicos: Los contralores m茅dicos de Isapres o COMPIN que rechacen o modifiquen licencias sin justificaci贸n pueden ser denunciados y sancionados con multas y suspensi贸n de sus funciones.
- Registro y publicidad de sanciones:
Se crea un registro p煤blico de sanciones y un sistema de denuncias an贸nimas. Los prestadores de salud deben publicar estos registros en sus sitios web y lugares f铆sicos.
- Procedimientos y plazos
- Investigaciones y recursos: Se establecen procedimientos claros para la investigaci贸n de irregularidades, con plazos definidos para la entrega de antecedentes y la resoluci贸n de recursos. Las sanciones y procedimientos tienen un plazo de prescripci贸n de cinco a帽os.
- Pago de multas: Las multas deben pagarse en la Tesorer铆a General de la Rep煤blica y su no pago puede generar responsabilidad solidaria de las instituciones de salud.
- Disposiciones transitorias
- Los profesionales tienen 90 d铆as desde la publicaci贸n de la ley para regularizar su inscripci贸n en el registro.
- El requisito del examen nacional ser谩 exigible un a帽o despu茅s de la publicaci贸n de la ley.
- Se otorgan plazos para la adecuaci贸n de la telemedicina conforme a la nueva normativa.
- Reformas penales
Se endurecen las penas para quienes incurran en falsedad en la emisi贸n o uso de licencias m茅dicas, incluyendo inhabilitaci贸n profesional y multas elevadas.
La ley refuerza el control sobre la emisi贸n de licencias m茅dicas, endurece las sanciones por mal uso y busca mayor transparencia y fiscalizaci贸n, incorporando la digitalizaci贸n y la regulaci贸n de la telemedicina en el proceso.
Publicado el lunes 26 de mayo de 2025.