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#Chile聽馃嚚馃嚤聽#BDS_AlertaLaboral: Publicaci贸n en Diario Oficial de Ley N潞 21.746 sobre otorgamiento y uso de licencias m茅dicas

Escrito por BDS Asesores | May 26, 2025 6:12:15 PM

Con fecha del 24 de mayo de 2025, se public贸 en el Diario Oficial la Ley N潞 21.746 del Ministerio de Salud que realiza una serie de modificaciones a la Ley N潞 20.585 sobre el otorgamiento y uso de licencias m茅dicas. Lo anterior con el objeto de fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores y establecer diferentes sanciones administrativas y penales. 

Se destacan los siguientes aspectos:
 

  1. Principales modificaciones y requisitos
  1. Emisi贸n de licencias m茅dicas: Solo pueden emitir licencias m茅dicas los m茅dicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas debidamente inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.  Para m茅dicos titulados o revalidados desde el 19 de abril de 2009, es obligatorio haber aprobado el Examen 脷nico Nacional de Conocimientos de Medicina.
  2. Licencia m茅dica electr贸nica: Se regula la licencia m茅dica electr贸nica, que debe cumplir con los mismos requisitos que la de papel.  Solo se permite la emisi贸n en papel en casos excepcionales (falta de conectividad o autorizaci贸n especial).
  3. Telemedicina: Los profesionales que emitan licencias tras atenciones a distancia deben estar habilitados para telemedicina y usar plataformas tecnol贸gicas autorizadas, con registro de atenciones.

 2. Fiscalizaci贸n y sanciones
 

  1. Facultades de fiscalizaci贸n: La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) pueden solicitar antecedentes y sancionar a los profesionales que no los entreguen o incurran en irregularidades.
  2. Sanciones a profesionales: Si se acredita la emisi贸n de licencias sin fundamento m茅dico, se aplican sanciones que van desde multas y suspensiones temporales hasta la suspensi贸n perpetua del derecho a emitir licencias y la cancelaci贸n del registro profesional.  Las multas pueden llegar hasta 600 unidades tributarias mensuales (UTM) en casos de reincidencia grave.
  3. Sanciones a contralores m茅dicos: Los contralores m茅dicos de Isapres o COMPIN que rechacen o modifiquen licencias sin justificaci贸n pueden ser denunciados y sancionados con multas y suspensi贸n de sus funciones.
  1. Registro y publicidad de sanciones:

Se crea un registro p煤blico de sanciones y un sistema de denuncias an贸nimas.  Los prestadores de salud deben publicar estos registros en sus sitios web y lugares f铆sicos.

  1. Procedimientos y plazos
  1. Investigaciones y recursos: Se establecen procedimientos claros para la investigaci贸n de irregularidades, con plazos definidos para la entrega de antecedentes y la resoluci贸n de recursos.  Las sanciones y procedimientos tienen un plazo de prescripci贸n de cinco a帽os.
  2. Pago de multas: Las multas deben pagarse en la Tesorer铆a General de la Rep煤blica y su no pago puede generar responsabilidad solidaria de las instituciones de salud.
  1. Disposiciones transitorias
  1. Los profesionales tienen 90 d铆as desde la publicaci贸n de la ley para regularizar su inscripci贸n en el registro.
  2. El requisito del examen nacional ser谩 exigible un a帽o despu茅s de la publicaci贸n de la ley.
  3. Se otorgan plazos para la adecuaci贸n de la telemedicina conforme a la nueva normativa.
  1. Reformas penales

Se endurecen las penas para quienes incurran en falsedad en la emisi贸n o uso de licencias m茅dicas, incluyendo inhabilitaci贸n profesional y multas elevadas.

La ley refuerza el control sobre la emisi贸n de licencias m茅dicas, endurece las sanciones por mal uso y busca mayor transparencia y fiscalizaci贸n, incorporando la digitalizaci贸n y la regulaci贸n de la telemedicina en el proceso.

Publicado el lunes 26 de mayo de 2025.