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#Chile聽馃嚚馃嚤聽#BDS_AlertaLaboral:聽Ley de inclusi贸n: lo que deben reportar las empresas en enero 2026

Escrito por BDS Asesores | Jan 9, 2026 6:35:43 PM

A partir de enero de 2026, las empresas con 100 o m谩s trabajadores, deben comunicar en forma electr贸nica a la Direcci贸n del Trabajo el cumplimiento con la Ley de Inclusi贸n (N掳 21.015) 

La comunicaci贸n debe contener: 

1. El n煤mero total de trabajadores desglosado por mes (noviembre de 2024 a octubre de 2025)

2. El n煤mero de personas con discapacidad o asignatarias de pensi贸n de invalidez contratadas o mantenidas durante el a帽o;

3. Identificar al gestor de inclusi贸n laboral contratado por la empresa y; 

4. Adjuntar la pol铆tica interna en materia de inclusi贸n laboral. La pol铆tica debe contener un diagn贸stico sobre el estado de inclusi贸n de las personas con discapacidad o asignatarias de pensi贸n de invalidez en la organizaci贸n; identificar las barreras del entorno y actitudinales; plan de acci贸n que considere el desarrollo de una cultura organizacional inclusiva en los procesos de selecci贸n, contrataci贸n, inducci贸n, gesti贸n del talento y desvinculaci贸n; y generaci贸n de programas de capacitaci贸n peri贸dicos a todos los trabajadores y directivos, as铆 como su seguimiento.

Las empresas que no pueden cumplir directamente con la contrataci贸n deben comunicar  las medidas subsidiarias de cumplimiento (celebrar contratos de prestaci贸n de servicios o donaciones) indicando, entre otros, la raz贸n fundada de su utilizaci贸n y que se encuentran debidamente justificadas. 

Publicado el viernes 9 de enero de 2026.