#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Circular N.º 3914 de la SUSESO refuerza mecanismos de coordinación en materia de seguridad y salud en el trabajo
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#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Circular N.º 3914 de la SUSESO refuerza mecanismos de coordinación en materia de seguridad y salud en el trabajo

Con fecha del 20 de marzo de 2026, la Superintendencia de Seguridad Social emitió la Circular N° 3914 que tiene por objeto fortalecer la seguridad y salud en el trabajo, promoviendo la coordinación entre empleadores y el apoyo técnico de mutualidades e ISL. 

La normativa busca reforzar la prevención de riesgos en los diversos espacios - edificios, faenas o instalaciones compartidas - en donde coincidan trabajadores de distintos empleadores o donde interactúan empresas con personas trabajadoras independientes a través de la adopción de acciones conjuntas orientadas a una gestión preventiva coordinada y a la mitigación eficaz de los riesgos derivados de la concurrencia de actividades.

En este sentido, “cuando en los lugares de trabajo presten servicios dos o más entidades empleadoras, o al menos una entidad empleadora y una o más personas trabajadoras independientes, todas ellas tendrán el deber de coordinar y cooperar para la adecuada aplicación de las medidas de seguridad y salud” de los trabajadores de dicho lugar.

Para estos efectos se entiende como lugares de trabajotodos los sitios o faenas donde las personas trabajadoras deban permanecer o acudir por razón de su trabajo, y que se encuentren bajo el control directo o indirecto del empleador, dueño o encargado del lugar” en los términos del número 12 del artículo 2° del citado D.S. N°44 del MINTRAB.

Por su parte, los organismos administradores deben otorgar asistencia técnica a las entidades empleadoras, particularmente cumpliendo lo siguiente:

    • Difundir las obligaciones de las empleadoras afiliadas.
    • Proporcionar una guía a las entidades empleadoras para colaborar en el cumplimiento de dichas obligaciones.

Dicha guía deberá contener al menos una introducción y etapas correspondientes a la conformación del equipo de trabajo, diagnóstico Implementación y articulación participativa, conocimiento de los riesgos asociados, seguimiento y evaluación (mejora continua) y un registro de las actividades preventivas.

    • Realizar actividades de capacitación sobre coordinación, colaboración e información de los riesgos, considerando los aspectos señalados en la guía.
    • En caso de ser requerido, otorgar asistencia técnica específica a la entidad empleadora.

Publicado el miércoles 8 de marzo de 2026.

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