#Perú 🇵🇪 #BDS_AlertaLaboral: Decreto Supremo aprueba reglamento con medidas preventivas contra los efectos nocivos de la radiación solar
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#Perú 🇵🇪 #BDS_AlertaLaboral: Decreto Supremo aprueba reglamento con medidas preventivas contra los efectos nocivos de la radiación solar

El día de hoy, 14 de abril de 2026, se publicó en la edición del Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo No. 003-2026-SA, mediante la cual se precisan las obligaciones de los empleadores en materia de seguridad y salud en el trabajo sobre la exposición prolongada a la radiación solar de los trabajadores. 

¿Cuáles son las obligaciones del empleador?
 
  • Incluir dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo la gestión de riesgos por exposición a la Radiación Ultravioleta solar (RUV), adoptando las acciones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Realizar la identificación de peligros y evaluación de los niveles de riesgo por la exposición a la RUV solar, a efectos de establecer las medidas de prevención y protección necesarias, de acuerdo a la jerarquía de controles.
  • Como medida complementaria, proporcionar Equipos de Protección Personal (EPP) para todos los trabajadores expuestos a RUV, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas preventivas o de protección colectiva.
¿Cuáles son las disposiciones mínimas que debe adoptar el empleador?
 
  • Evitar en lo posible la programación de actividades que incluyan la exposición a la RUV en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. a 04:00 p.m.
  • En la Sierra, evitar en lo posible la programación anterior, entre las 09:00 a.m. a 04:00 p.m.
  • Promover la rotación periódica de los trabajadores expuestos a RUV con riesgo alto.
  • Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a RUV, sus medidas de prevención, protección y control implementadas.
¿Quién vigila y fiscaliza la salud de los trabajadores expuestos a RUV?
 
  • El médico ocupacional es quien realiza el seguimiento y control de los trabajadores expuestos a RUV. El seguimiento incluye la realización de exámenes médicos ocupacionales, que incluyen una evaluación médico ocupacional oftalmológica y de la piel, que comprende un tamizaje dermatológico; y/o cualquier otro examen adicional que se requiera, de acuerdo con el riesgo de exposición del trabajador.
La Autoridad Inspectiva de Trabajo (SUNAFIL y Gerencias Regionales de Trabajo) y SERVIR son las autoridades competentes que realizan acciones de fiscalización.
 
Publicado el martes 14 de abril de 2026.

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