Reforma artículo 627 Código de Trabajo

 

La Comisión de Trabajo de El Salvador emitió un dictamen favorable para proceder a reformar el artículo 627 del Código de Trabajo, en el cual se establecen actualmente “Multas por infracciones no señaladas expresamente” y para cuya cuantía se tomaba en cuenta la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor.

La anterior multa que debe pagar el infractor es de hasta de 500 colones salvadoreños ($57.14) por cada violación laboral. Esta sanción no se había modificado desde hace 50 años.

Las nuevas multas dependerán ahora de la cantidad de trabajadores con los que cuente la empresa, según se indica en el siguiente cuadro:

 

Tipo de empresa

Cantidad de trabajadores

Monto de la multa

Micro

Hasta 10

2 salarios mínimos

Pequeña

10 a 50

4 salarios mínimos

Mediana

50 a 100

8 salarios mínimos

Grande

+ de 100

12 salarios mínimos

 

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