#Panamá 🇵🇦 #BDS_AlertaLaboral: Manejo correcto del 1º de julio de 2024, toma de posesión del presidente electo en Panamá

Cada cinco años en Panamá, al calendario de días libres establecidos en el Código de trabajo, se le adiciona una de los momentos más emblemáticos de Panamá: la toma de posesión del próximo presidente electo de la República de Panamá, un evento impregnado de patriotismo, el cual se llevará a cabo este año el próximo lunes 1º de julio de 2024, que marca el inicio de un nuevo mandato gubernamental por un período de cinco (5) años.

Dentro de los días de descanso obligatorio, establecidos en el artículo 46 del Código de Trabajo, se encuentra el día que tome posesión el Presidente electo de la República.

Ese día, se realiza, adicionalmente, una ceremonia en la Asamblea Nacional de Diputados, donde se escoge al nuevo presidente de este Órgano del Estado, así como la nueva junta directiva. Posterior a esto, se inviste al nuevo presidente de la República.

En función de lo anterior, para aquellos trabajadores que laboren el 1º de julio de 2024, el artículo 49 del Código de Trabajo indica lo siguiente:

“El trabajo en día de fiesta nacional o de duelo, se pagará con un recargo de 150%, sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a que se le conceda como compensación, cualquier otro día de descanso a la semana”.

Aunado a lo anterior, cuando el trabajador preste servicios en el día que debe dársele libre por haber laborado en día de fiesta o duelo nacional, se le remunerará con un recargo del 50% sobre la jornada ordinaria de trabajo. 

Es de suma importancia resaltar que las jornadas extraordinarias que se realicen en día de fiesta o duelo nacional, así como en días de descanso semanal obligatorio, deberán llevar los recargos del trabajo en días de descanso (Art. 48 y 49 del Código de Trabajo) y, adicionalmente, el recargo que corresponda según el artículo 33 del Código de Trabajo o ley supletoria.

Las empresas que sí otorguen el descanso en los días de fiesta nacional no podrán descontar a los trabajadores por los días no laborados, ya que, por ley, los días de fiesta nacional deben ser remunerados como jornadas ordinarias

La toma de posesión de un presidente electo no sólo es un acto protocolar de gran importancia institucional, sino que también es una gran celebración de nuestra democracia y una oportunidad para que el pueblo panameño renueve su compromiso con el progreso del país. 

 

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