#Panamá 🇵🇦 #BDS_AlertaLaboral: Correcto manejo de las jornadas de trabajo en Semana Santa
Se aproxima la Semana Santa y surge la duda de qué días son de descanso obligatorio: de conformidad con el artículo 46 del Código de Trabajo, el único día de descanso obligatorio por Duelo Nacional es el que corresponde a Viernes Santo, que este año recae sobre el viernes 29 de marzo de 2024. Importante señalar, que los demás días, llámese Jueves Santo y Sábado de Gloria son días hábiles o de trabajo regular para las empresas privadas.