Con el objetivo de simplificar el Decreto de Salarios Mínimos para el sector privado, el Consejo Nacional de Salarios aprobó por votación de mayoría (6 votos a favor del sector gobierno y sector de trabajadores y 3 votos en contra del sector empleador) la homologación de los salarios mínimos por jornada y de pago mensual para las categorías de trabajadores no calificados, semicalificados, calificados y especializados.El motivo de esta decisión radica en el hecho que, actualmente, el Decreto de Salarios Mínimos contiene categorías equiparables pero cuyos salarios mínimos son distintos. Por ejemplo, para 2019 el “Trabajador en Ocupación No Calificada” (TONC) tiene un salario mínimo de ₡10.358,55 por jornada, mientras que para el “Trabajador en Ocupación No Calificada Genérico” (TONCG), el mínimo es de ₡309.143,36. Esto quiere decir, que aunque ambos son “No Calificados,” si el ingreso mínimo del TONC se multiplica por 30 para obtener el ingreso mensual total (en modalidad de pago mensual), el resultado es ₡310.756,50, lo cual es ligeramente superior que los ₡309.143,36 del TONCG.
Para homologar dichos salarios (independientemente si el trabajador es contratado por jornada o de forma mensual), a partir del mes de julio de 2020 y según lo que se explica en la tabla adjunta, se aprobarán los siguientes aumentos:
Próximo evento: “Análisis laboral 2019 y perspectivas 2020”
Acompáñenos el viernes 24 de enero al primer seminario del año 2020, en el cual tendremos una amplia explicación sobre este tema, además de las tendencias laborales que toda empresa debe conocer.
Horario: 8:30 am a 12:30 pm / Precio por participante: $175
Las Asesorías Permanentes disponen de 1 espacio de cortesía, en este seminario.