Las personas contribuyentes, empresas y patronos ya pueden acogerse a beneficios temporales para regularizar obligaciones pendientes sin pagar multas, recargos ni intereses.
El Decreto No. 78-2026, aprobado por el Congreso Nacional y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el pasado 12 de junio, entró en vigencia e incorpora distintas amnistÃas destinadas a facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social.
La normativa establece una amnistÃa tributaria de cuatro meses para quienes mantengan obligaciones materiales o formales pendientes hasta el 31 de diciembre de 2025. El beneficio incluye a contribuyentes con declaraciones presentadas fuera de plazo o pagos tardÃos, quienes podrán quedar exonerados de multas, recargos e intereses al cancelar el tributo principal dentro del perÃodo establecido.
El decreto también contempla una amnistÃa especial para deudas ante el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). Durante cuatro meses, los patronos del sector público y privado podrán regularizar aportes patronales y laborales sin asumir cargos adicionales, mediante el pago o la formalización de la deuda conforme a las condiciones que establezca el instituto. Además, el IHSS deberá restablecer el acceso a los servicios de salud y protección social de las personas afiliadas cuyos patronos se acojan al beneficio.
Asimismo, todas las alcaldÃas del paÃs deberán aplicar una amnistÃa municipal, la cual exonera multas, recargos e intereses por mora en tributos, tasas y contribuciones municipales, beneficio que también alcanza a contribuyentes con planes de pago vigentes.
La legislación incluye, además, una amnistÃa para obligaciones pendientes relacionadas con servicios de agua potable y saneamiento.
De acuerdo con el Congreso Nacional, estas medidas buscan aliviar la carga económica de la población, promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones y fortalecer la recuperación de recursos para las instituciones públicas.
Debido a su vigencia limitada, resulta recomendable revisar oportunamente la situación de cada contribuyente para aprovechar las exoneraciones previstas en el Decreto No. 78-2026.