#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Sobre el pago de aguinaldo

En nuestro país, todo empleador está obligado a dar a sus trabajadores una prima por cada año de servicio por concepto de aguinaldo, la cual dependerá de los años que tenga el colaborador de trabajar en la empresa, según se detalla, a continuación:
  1. Para quien tuviere un año o más y menos de tres años de servicio, la prestación será equivalente al salariode quince días;
  2. Para quien tuviere tres años o más y menos de diez años de servicio, la prestación será equivalente al salario de diecinueve días;
  3. Para quien tuviere diez o más años de servicio, la prestación será equivalente al salario de veintiún días.
El aguinaldo deberá pagarse en el lapso comprendido entre el doce y el veinte de diciembre de cada año a los trabajadores que tengan derecho a recibir dicha prima, según la condición anterior.
 
De acuerdo con la última reforma que se promulgó sobre este tema, se debe tener presente que ningún trabajador o trabajadora perderá el derecho al aguinaldo por cualquier falta disciplinaria, inasistencia injustificada al trabajo o cualquier otra causa.

En caso de dudas, contáctenos dando clic aquí.

Otros artículos

#Nicaragua 🇳🇮 #BDS_AlertaLaboral: Incremento al salario mínimo en empresas sujetas a régimen de Zonas Francas

Las industrias bajo el régimen especial de Zona Franca en el territorio nacional deben aplicar,...

#Honduras 🇭🇳 #BDS_AlertaLaboral: Modifican horario del toque de queda en San Pedro Sula

El ministro de Seguridad de Honduras Gustavo Sánchez ha precisado que el toque de queda que se...

#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaMigratoria: Tramitación de pasaporte o renovación: sin cita este fin de semana

Si requiere o desea gestionar su pasaporte sin tener que esperar meses para agendar su cita en las...