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#ElSalvador 🇸🇻 #BDS_AlertaLaboral: Licencia remunerada para el Día de la Independencia

Escrito por BDS Asesores | 11/09/2023 10:58:44 PM
El Código de Trabajo establece el día 15 de septiembre como día de asueto remunerado en nuestro país, por lo que todos los trabajadores, tanto del sector público como privado, podrán disfrutar de dicha licencia el próximo viernes.
 
Para aquellos trabajadores que laboren en esta fecha, se establece un recargo del 100% en su remuneración, en línea con el artículo 192 del Código de Trabajo de El Salvador. Este artículo establece que aquellos que trabajen en días de asueto tienen derecho a un salario extraordinario, que incluye el salario ordinario más un recargo del cien por ciento.
 
El artículo 191 del mismo código estipula que, el día de asueto, debe ser remunerado con el salario básico, siguiendo las reglas definidas en el artículo 142, letra A. Si un trabajador tiene un salario estipulado por semana, quincena, mes u otro período más extenso, se presume que su remuneración ya incluye el día de asueto.
 
Únicamente quedarán excluidos de las disposiciones anteriores, los trabajadores a domicilio y los trabajadores cuyos salarios se hayan estipulado por comisión o a destajo, por ajuste o precio alzado, de acuerdo con el artículo 195 del código de cita.
 
Es importante destacar que las disposiciones en torno al Día de la Independencia son una muestra del reconocimiento y respeto a las festividades y tradiciones culturales de El Salvador, mientras se les compensa de manera justa a los trabajadores que deban laborar durante dicho feriado nacional.

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