#ElSalvador 🇸🇻 #ArtículoBDS: Trabajadores varados en el extranjero

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El pasado 17 de marzo, el presidente de la República, Nayib Bukele, anunció que cerraría el Aeropuerto Internacional de El Salvador, tanto para vuelos de entrada y salida, medida que en un inicio se contemplo por 15 días debido a la propagación del virus SARS-COV2. Dicha medida aun se encuentra vigente, ya que fue ampliado su plazo.

La anterior situación ha generado un problema con los salvadoreños que se encuentran varados en el extranjero, y se ven imposibilitado de regresar al país. La Sala de lo Constitucional desde el mes de abril ordenó al Gobierno que diseñara un plan para el retorno de los compatriotas varados en el exterior, medida que el Gobierno acató presentando un plan, pero la Sala de lo Constitucional se pronunció en dos ocasiones que dichos planes son insuficientes.

Ante esta situación, la Sala Pronunció una resolución en donde previene a las autoridades involucradas en la preparación del plan de repatriación de los salvadoreños que no pudieron retornar al país que, en el plazo de 3 días calendario, presenten nuevamente dicho documento, el cual deberá contener: “(i) el dato exacto de los salvadoreños que serían repatriados, tomando en consideración el número de connacionales que, según la información recabada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, ha expresado su intención de regresar al territorio nacional, con independencia de que hayan previsto fechas de retorno más o menos distantes, información que deberá desglosarse por edad, sexo y ubicación geográfica, entre otros criterios; (ii) El total de los salvadoreños en condición vulnerable, detallando edad, sexo y situación de cada uno de ellos, entre otros; (iii) La reducción del plazo de ejecución propuesto (14 semanas) a uno que resulte razonable tomando en consideración los derechos fundamentales en juego, y su adecuación al total de salvadoreños que, conforme a supra [i], deben ser repatriados, especificando la periodicidad con la que se pretenden organizar los vuelos de retorno de grupos de cien u otra cantidad de salvadoreños, y (iv) el total de centros de aislamiento con fines sanitarios y espacios disponibles en cada uno de ellos con los que las autoridades cuentan en este momento, a efectos de que este Tribunal pueda valorar la razonabilidad del plazo propuesto, y así aprobarlo o rechazarlo” de la lectura de la trascripción podemos apreciar que el máximo interprete de la Constitución de la República manda al Gobierno reducir el plazo fijado de 14 semanas para la repatriación de los connacionales.

Importante recodar que, de acuerdo con el Decreto 593 que se encuentra vigente por la resolución emitida por la Sala de lo Constitucional con fecha 22 de mayo de 2020, sobre el proceso de Inconstitucionalidad número 63-2020, se protegió a los trabajadores que se encuentran imposibilitados de retornar al lugar de trabajo por restricciones migratorias o sanitarias decretadas en el país o en el extranjero a ser objeto de descuentos en su salario o ser objeto de despidos.

Colaboración de nuestro socio: Jaime Solís / jsolis@bdsasesores.com

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