El día 12 de julio del presente año se presentó una iniciativa legislativa de reforma al artículo 29 del Código de Trabajo, con el objetivo de que los empleados en calidad de trabajo temporal y en período de prueba sean inscritos al ISSS.
Dicha iniciativa contrasta con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley de Creación del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, el cual establece que el régimen de seguridad social es obligatorio para toda persona que mantiene una relación laboral con su empleador, independientemente de la forma de contratación (temporal o permanente).
Consideramos importante recordarles a los patronos que la obligación del artículo antes mencionado es inscribir a toda persona en calidad de trabajador en la empresa, y no pensar que dicha obligación no existe por estar el trabajador en período de prueba o sujeto a temporalidad.
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