26/05/2020 06:03:04 PM
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#ElSalvador 🇸🇻 #AlertaLaboralBDS: Asamblea Legislativa
La Asamblea Legislativa, ha acordado aceptar las observaciones realizadas por el Presidente de la República previo a emitir aprobación de la Ley en comento.
Las observaciones más relevantes del ejecutivo atendían a:
• Ampliar el concepto de teletrabajador para evitar confusión con el trabajador a domicilio.
• Definir de manera clara el concepto telecentro, ya que a juicio del ejecutivo existía confusión entre telecentro y teletrabajo en domicilio.
• El tema de los insumos de trabajo también fue objeto de observación en su definición.
• Habrá que esperar por la redacción oficial del texto final de la ley y el plazo para que entre en vigencia. Sin embargo esto representa un gran avance en la regulación de la figura.
2.) Reforma a la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Trabajadores.
La misma comisión acordó emitir dictamen favorable a fin de reformar dicha ley en su Artículo quince que se refiere al plazo para que dicha ley comience a tener vigencia.
• El artículo 15 de la ley en comento, establece que dicha ley comenzará a tener vigencia 24 meses después de su publicación en el Diario Oficial.
• La publicación en el Diario Oficial de la Ley fue el martes 19 de junio de 2018, por lo que su entrada en vigor estaba programada para el próximo 20 de junio de 2020.
• Se acordó reformar el mencionado artículo 15 en el sentido de prorrogar el inicio de la vigencia de la Ley hasta el 1 de enero de 2021.
• Se espera la aprobación de dicha reforma por parte de la Asamblea Legislativa, luego de finalizado el proceso de reforma de ley que concluye con la publicación en el Diario Oficial, podrá decirse que dicho cambio es inminente.
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