Sala de lo Constitucional mando al Consejo Nacional del Salario Mínimo, a regular en un plazo de 12 meses el salario mínimo de servicios domésticos.
Este día, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de comunicado de prensa, dio a conocer que dicha Sala declaró que existe inconstitucionalidad por omisión absoluta de cumplimiento de mandato constitucional derivado de los artículos 38 ordinal 2º y 45 de la Constitución, consistente en establecer por decreto ejecutivo las tarifas de salario mínimo para las personas que se dedican al servicio doméstico y señaló a las autoridades competentes adecuar los pliegos tarifarios correspondientes en un plazo de 12 meses.
Comentario:
El plazo fijado, comenzará a contabilizarse a partir del día siguiente al de la finalización de la suspensión de plazos judiciales decretada por la Asamblea Legislativa para afrontar la emergencia sanitaria de la pandemia COVID-19.